DERECHO LABORAL​

Gonzalez Laviada Abogados nació siendo un despacho laboralista en Las Palmas de Gran Canaria. Este campo ha sufrido muchas modificaciones legislativas, lo que nos ha exigido  una actualización permanente.

Hasta ahora el aumento de la pensión por complemento de maternidad solo se reconocía a las mujeres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados y que fueran beneficiarias de una pensión de jubilación, viudedad, o incapacidad permanente. 

La Sentencia del Tribunal De Justicia Europeo ha considerado que el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) vulnera el principio de igualdad entre hombres y mujeres. Los hombres que reúnan los requisitos de haber tenido dos o más hijos naturales o adoptados, que fueran beneficiarios de una pensión de jubilación no voluntaria, viudedad o incapacidad tienen derecho a dicho complemento que oscila entre el 5% al 15%, según el número de hijos sobre su pensión inicial. 

Tras la reforma de dicho artículo  60 de la LGSS, que modifica las  condiciones para tener derecho a tal complemento, todos aquellos que hayan jubilado , quedado viudos, o incapacitados desde el año 2016 y hasta el 3 de Febrero de 2021  tienen derecho a percibirla. Nunca la reconoce el INSS voluntariamente, deben ustedes reclamarla.

GL ABOGADOS ha obtenido éxito en todas las demandas que ha formulado, sobre este asunto, ante la jurisdicción social.

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